Nuevas medidas de apoyo al cooperativismo en la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social


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El próximo 10 de octubre entra en vigor la Ley Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social, introduciendo una serie de medidas que modifican y actualizan toda la normativa en materia de autoempleo. La norma adopta medidas de promoción del trabajo autónomo y de la economía social, recogiendo cambios importantes para las cooperativas.

FAECTA considera acertada la introducción de novedades que favorecen el desarrollo de las empresas cooperativas, como es el caso de las bonificaciones adicionales y la posibilidad de aplicar la capitalización de la prestación por desempleo a otros fines como son los gatos de constitución de la empresa y los servicios de asesoramiento.

Desde la Federación, también se señala que aunque quedan algunas cuestiones por resolver en lo que respecta a cooperativas que eligen el régimen general o de autónomos, la norma supone paso adelante en la promoción del cooperativismo en España.

 

Cuestiones más destacadas:

 

Para cooperativas con Régimen de Seguridad Social de Autónomos:

 

Una de las novedades de esta ley es la compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad para quienes causen alta como autónomos/as. (Art.33 Ley del Estatuto del trabajo autónomo). Esta medida se refiere a aquellas personas que constituyan cooperativas de trabajo y opten por el régimen de autónomos.

 

La Ley31/2015 de 9 de septiembre mantiene en las reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social: (Art.31 Ley del estatuto del trabajo autónomo), la llamada tarifa plana. Con esta medida la cuota por contingencias comunes se reduce a la cuantía de 50€ mensuales durante los 6 meses siguientes al alta si optan por la base mínima que les corresponda. Si es la base superior, se aplicará una reducción resultado de aplicar a la base mínima que les corresponda el tipo mínimo de cotización vigente, equivalente al 80% de la cuota.

 

Para menores de 30 años o menores de 35 si son mujeres, además se podrán aplicar una bonificación adicional equivalente al 30% en los 12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación.

 

Estas medidas se aplican también a la contratación de trabajadores/as por cuenta ajena, y como novedad, será aplicable también a aquellos que ya disfrutaban de la bonificación, aun cuando la normativa es posterior.

 

Para cooperativas con Régimen General de la Seguridad Social:

 

La Ley recoge incentivos a la incorporación de trabajadores a cooperativas: (Art.9 Ley 5/2011 de Economía Social), una medida aplicable siempre que la cooperativa haya optado por el régimen general. Estos incentivos son:

 

  • Bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante 3 años:

  • Si el socio o socia es menor de 30 años y estaba en situación de desempleo las bonificaciones son: 1.650€ al año (137.50 euros/mes) para la incorporación de socios a la cooperativa el primer año y de 800 euros al año (66.67 euros/mes) durante los dos años restantes.

     

  • Si el socio o socia es mayor de 30 años: bonificación de 800€ al año durante los tres años.

     

Además se mantiene la modalidad de pago único: (Art.10 Ley economía social). Cuando se constituyan cooperativas o se incorporen como nuevos socios/as en cooperativas ya existentes se puede capitalizar el desempleo al 100% aunque la persona haya tenido un vínculo contractual previo con la sociedad cooperativa, independientemente de su duración. Según se recoge en la Ley, como novedad podrá destinarse parte del dinero a los gastos de constitución y puesta en funcionamiento, al precio de los servicios de asesoramiento, formación…

 

Para Autónomos y Régimen General:

 

Se recogen bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social, que serán del 100% en los supuestos de sustitución por maternidad, riesgo en el embarazo (Art.11 Ley economía social), ya sean autónomos o en régimen general.

Pago Único de la prestación por cese de actividad de los autónomos(Art.12 Ley de Economía Social): las personas en régimen de autónomos podrán pedir el pago único de la prestación por cese de actividad/ para incorporarse como socio o socia a una cooperativa, siempre que tengan derecho a esta prestación al menos por 6 meses.

 

El Ministerio de Empleo calcula que con la entrada en vigor de esta ley se logrará que el autoempleo cerca en 550.000 personas hasta 2019.

 

Descargar Ley 31/2015 de 9 de septiembre de Fomento del Trabajo Autónomo y la Economia Social